Programa electoral de STEs-i

1. Por la Escuela Pública.

1.1. Derogación inmediata de la LOMCE. Por un Acuerdo social con la comunidad educativa en defensa de la Escuela Pública para la elaboración de una nueva ley de Educación.

1.1. Dotación presupuestaria adecuada para el sistema educativo público: aumento de su financiación hasta un 7% del PIB. Negociación en cada comunidad autónoma de una red pública de centros que satisfaga todas las necesidades educativas y sus solicitudes de ellas, en todas las etapas y enseñanzas.

1.2. Elaboración, en el marco de la Mesa Sectorial, de un plan de centros y equipamientos escolares, con el objetivo de establecer unos requisitos mínimos para todos los centros escolares del Estado sobre infraes tructuras y dotaciones materiales.

1.3. Establecimiento del Cuerpo Único de Profesorado. Movilidad horizontal y vertical, hasta la universidad, por concurso de méritos.

1.4. Recuperación y dotación suficiente de personal docente, no docente y personal de a dministración y servicios en los centros para adecuar las plantillas a las necesidades educativas y sociales actuales, para revertir los efectos de las políticas de recortes.

1.5. Prioridad de la planificación educativa sobre el pretendido “derecho de elección de centro”. Comisiones de Escolarización en todos los municipios y/o comarcas, y eliminación de las prácticas selectivas: no al criterio de renta y sí al de proximidad al domicilio. Equilibrio distributivo para el alumnado con necesidades educativas específicas, para evitar la proliferación de centros “gueto”.

1.6. Paralización de la política de conciertos educativos con empresas privadas y de cesión de suelo público. Eliminación inmediata de los conciertos con los centros que segregan alumnado en función de sexo o de cualquier otra circunstancia. Eliminación progresiva de todos los conciertos educativos.

1.7. Dotación a los centros del personal especializado necesario y recursos necesarios para el apoyo a la integración del alumnado con necesidades educativas especiales, para la compensación educativa y para la prevención y atención a la diversidad. Dotación de profesorado (cupo) así como de otro personal para el funcionamiento de bibliotecas en todos los centros educativos para fomentar la lectura y la investigación.

1.8. Apertura de centros fuera del horario lectivo con oferta pública gratuita de actividades extraescolares que se incorporarán a la Programación Anual del Centro y serán impartidas por personal específico con las adecuadas condiciones laborales y económicas. Se promoverán medidas para que las actividades extraescolares contribuyan a la superación de los estereotipos sexistas y discriminatorios presentes en la sociedad.

1.9. No a una evaluación externa del sistema educativo subordinada a objetivos de mercantilización y competitividad. La evaluación debe ser una tarea permanente de los propios agentes educativos y orientada a la detección y superación de las dificultades y problemas planteados, es decir, a la mejora y perfeccionamiento del sistema educativo público. No a las reválidas que desvirtúan la evaluación continua, y no a los rankings de centros.

1.10. Por una enseñanza laica: eliminación de la enseñanza confesional de cualquier doctrina religiosa en el currículo escolar. Desaparición de todos los símbolos y actos religiosos. Promover acciones sindicales y sociales para la eliminación del Concordato y cualquier convenio con otra religión. Desarrollo de una educación basada en los valores del pensamiento crítico, la libertad de conciencia y de expresión, la solidaridad, la igualdad de género, laicidad y el respeto de la diversidad étnica, cultural, lingüística, sexual y de identidad de género . Desarrollo de programas de coeducación, educación emocional y sexual, educación medioambiental, educación para la paz y la democracia, como temas transversales en todas las áreas

1.11. No a la especialización de centros y no a la competitividad entre el profesorado, entre el alumnado y entre los centros. Sí a la cooperación entre el profesorado, el alumnado y los centros.

1.12. Una escuela Pública gratuita y de calidad al alcance de todos y todas. No a las tasas de las enseñanzas especiales y no obligatorias.

1.13. Reducción de ratios hasta dejarlas en unos niveles adecuados que favorezcan el tratamiento individualizado del alumnado.

2. Por una educación que respete y fomente la pluralidad lingüística y cultural del Estado.

2.1 Fomento de la identidad cultural, mediante el conocimiento del entorno y la interculturalidad, con un currículum adaptado a la lengua y cultura de cada Comunidad Autónoma (propias del territorio).

2.2. Oferta de enseñanza de las lenguas propias de los territorios en todo el Estado.

2.3. El  currículo del  centro incorporará a su oferta los programas para atender la di versidad lingüística del alumnado. Implantación de planes de acogida (lingüística y cultural) en la lengua propia de cada territorio.

2.4. Fomento de intercambios entre alumnado y profesorado de territorios con el castellano como lengua propia con alumnado y profesorado de territorios con otra lengua propia.

3. Por una educación sostenible medioambientalmente.

3.1. Fomento de la movilidad sostenible de alumnado y profesorado. Inclusión de criterios racionales y reales de movilidad sostenible en los diferentes procesos de provisión de plazas.

3.2. Fomento de la reducción de residuos, reutilización y reciclaje. Y una gestión sostenible de los recursos públicos con dotaciones adaptadas a las necesidades reales, así como el fomento de la reutilización de mat eriales apropiados.

3.3. Instalación de sistemas de alta eficiencia energética y energías alternativas en los centros educativos.

3.4. En los centros que tengan comedor favorecer el consumo de los productos de proximidad para la elaboración de los menús.

3.5. No al fomento de campañas en los centros educativos que propugnen el maltrato a los animales y sí a la inclusión de objetivos y contenidos curriculares que fomenten la Empatía hacia los animales.

3.6. No al fomento de campañas en los centros educativos que favorezcan programas relacionados con el militarismo y sí a la inclusión de objetivos y contenidos curriculares que fomenten la paz, la solidaridad y el diálogo como forma de solucionar los conflictos.

4. Por unos materiales didácticos libres.

4.1. Eliminación progresiva del copyright en los materiales didácticos, incluso en los libros de texto.

4.2. Edición de materiales y libros de texto con licencias libres Creative Commons.

4.3. Promoción de la elaboración de material educativo, de las webs cooperativas y del software libre, y respeto de las administraciones a los trabajos propios de los centros.

4.4. Concesión de licencias para la elaboración de materiales didácticos libres.

5. Por la mejora de la Escuela Rural.

5.1. Tratamiento legislativo específico en cada territorio para el sistema educativo rural, especialmente en los requisitos mínimos de los centros, su estructura organizativa y normativa de funcionamiento. Reglamentos orgánicos de centros adaptados a esta especificidad.

5.2. Obligatoriedad de que el mapa escolar rural contemple, en cada territorio, todas las etapas y ofertas educativas-obligatorias y post-obligatorias- así como los diferentes servicios -equipos psicopedagógicos y de Orientación, transporte y comedor, actividades extraescolares…-

5.3.  Creación  de  centros  unificados  de  Infantil,  Primaria,  Secundaria,  Bachillerato  y  Formación  Profesional . Reconocimiento de la diversidad de modelos de escolarización en el medio rural (escuelas unitarias, centros incompletos, CRAs, colegios comarcales, etc), con el fin de garantizar el cumplimiento de requisitos mínimos en dotaciones e infraestructuras y una plantilla orgánica estable y suficiente.

5.4. Negociación de acuerdos marco que establezcan plantillas-tipo, en las que se garantice, en Infantil y Primaria, la figura del tutor/a generalista por unidad y la dotación suficiente de especialistas, de atención a la diversidad y profesorado de apoyo. En Secundaria, creación y funcionamiento de los diferentes departamentos, incluido el de Orientación.

5.5. Negociación de acuerdos marco que establezcan plantillas-tipo, en la que se garantice en Infantil la figura de la tutora/or, profesorado de apoyo y de atención a la diversidad y en Primaria, la figura de la tutora/ or generalista por unidad y la dotación suficiente de especialistas, de atención a la diversidad y profesorado de apoyo.Priorizar y favorecer la continuidad del profesorado que ocupa estas plazas.

5.6. Ratios reducidas y agrupamientos flexibles que favorezcan el mantenimiento de unidades en el medio rural y compensen el agrupamiento de diversos niveles educativos en una sola aula.

5.7. Formación específica, inicial y permanente, para el profesorado del medio rural. Creación y dinamización de grupos específicos de trabajo, innovación educativa e investigación.

5.8.  Oferta  suficiente de todas las  modalidades  de bachillerato, de  ciclos formativos de  FP y extensión  de Enseñanzas de Régimen Especial al medio rural.

5.9. Negociación y redefinición de los puestos de difícil desempeño.

5.10. Medidas que garanticen la estabilidad de los claustros inestables, fomentando la continuidad del personal docente.

5.11. Introducción de programas informáticos específicos y adecuados a la complejidad de gestión de los centros incompletos y CRAs.

5.12. Dotación de conserjes en los centros rurales.

5.13. Creación de la figura de “Secretario Compartido” en aquellos centros ubicados en zonas rurales que por número de unidades tengan equipos directivos unipersonales.

5.14. Creación de una nueva tipología de centros, de menos de tres unidades, y reconocer para las personas responsables de los mismos una reducción horaria, complemento retributivo y una puntuación para concursos de traslados acorde con el trabajo realizado.

6. Por la gestión democrática de los centros.

6.1. Derogación de la LOMCE para posibilitar la gestión democrática de los centros educativos. No al modelo de gestión empresarial y competitiva.

6.2. Recuperación y potenciación de las funciones de claustros y consejos escolares y sus competencias sobre gestión y gobierno de los centros.

6.3. Elección democrática por parte del Consejo Escolar de todos los cargos directivos, incluidos los de los centros integrados. No a las comisiones de selección.

6.4. Potenciación del trabajo en equipo del profesorado y eliminación de la jerarquización en los cuerpos docentes.

6.5. Autonomía organizativa y pedagógica de los centros para determinar su modelo de gestión y su jornada escolar. El transporte escolar no puede determinar la jornada escolar de los centros

6.6. Creación y potenciación de los Consejos Escolares Municipales y Territoriales. Elección democrática de los órganos rectores de todos los Consejos Escolares.

6.7. Corresponsabilidad y paridad en las tareas de coordinación y gestión de la organización de los centros de forma equilibrada y sin sesgos sexistas. Representatividad equitativa/equilibrada de la comunidad educativa.

7. Por la estabilidad en el empleo.

7.1. Derogación inmediata del Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo.

7.2. Recuperación de los acuerdos y pactos previos al Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.

Personal funcionario de carrera

7.3. Estabilización de los puestos de las plantillas docentes para su oferta en los concursos de traslados. Conocimiento previo a la convocatoria del Concurso General de Traslados, de las vacantes existentes en centros educativos. Adjudicación de todas las resultas, incluidas las de los centros en los que no hay anunciada vacante.

7.4. Negociación en las mesas de Educación de los criterios para creaciones de plazas. Negociación anual con cada junta de personal de todas las creaciones y habilitaciones. No a la amortización de plazas y no al cierre de unidades.

7.5. En el caso de supresión de puestos de trabajo, mantenimiento, con carácter voluntario, del destino en el mismo centro en tareas de apoyo o para impartir las especialidades que se posean. Aprovechar estas situaciones para avanzar en la mejora del servicio educativo mediante la tipificación de nuevas necesidades, reducción de ratios, desdobles, etc.

7.6. Concurso de traslados: convocatoria anual del concurso. Por años alternos: concurso estatal y concurso autonómico.

7.7. Recuperación de la posibilidad para los maestros de concursar a plazas del primer ciclo de la ESO.

7.8. Garantías de mantenimiento de los destinos definitivos alcanzados por el concurso de traslados. Respeto a los derechos adquiridos por el profesorado funcionario: no a la movilidad forzosa ni a la redistribución de efectivos.

7.9. Nombramiento como funcionaria de carrera con la misma antigüedad que su promoción a las mujeres que, por permiso maternal o bajas relacionadas con el embarazo, hayan aplazado su periodo de prácticas.

7.10. Que no haya restricción a participar en el concurso de traslados ni otras convocatorias al año siguiente de obtener un destino definitivo.

7.11. Suficiente número de plazas de Máster de Formación del Profesorado en Universidades Públicas para los y las futuras docentes.

7.12. Incluir los contenidos del Máster en los itinerarios formativos de las nuevas titulaciones de Grado.

Sistema de acceso a la función pública docente

7.11. Defendemos el acceso a la docencia por concurso de méritos. No obstante, ante los imperativos legales vigentes, exigimos la derogación del modelo actual de acceso (Reales Decretos 276/07 y 84/18) y la negociación de un nuevo sistema que contemple el acceso diferenciado para el profesorado interino, sin pruebas eliminatorias, donde la experiencia docente tenga primordial un peso determinante.

7.12. Rechazamos el Acuerdo para la Mejora del Empleo Público, de 29 de marzo de 2017, por constituir un auténtico ERE encubierto. Para reducir la interinidad en la educación pública, exigimos que nadie pierda su puesto de trabajo y que se adopten medidas de consolidación laboral como funcionarias y funcionarios de carrera para el profesorado interino. Para ello, reivindicamos como medida extraordinaria el desarrollo legislativo del artículo 61.6 del EBEP con un acceso a la función docente a través de un concurso de méritos.

7.13. Nos oponemos a cualquier intento de laboralización del colectivo interino, por suponer una merma flagrante de sus garantías laborales y la introducción de métodos empresariales de contratación y gestión de las plantillas docentes en detrimento de la escuela pública.

7.14. No a la tasa de reposición.

7.15. Convalidación de la fase de prácticas mediante acreditación de un curso escolar de experiencia docente.

7.16. Máximas garantías de objetividad y transparencia en todo el proceso selectivo. Garantizar plazo de revisión y reclamación en todas las pruebas. Garantizar la protección de datos de las personas aspirantes.

7.17. Tribunales: todas las personas que los formen serán elegidas por sorteo de entre el profesorado de la especialidad convocada; control público de los tribunales. Se garantizará el anonimato de los aspirantes en las pruebas escritas.

7.18. En tanto que se modifica el sistema de acceso, adecuación de los temarios de oposiciones a la práctica docente.

7.19. Presentación de documentos para el baremo una vez superada la fase de oposición. Archivo informatizado de documentación para agilizar su tramitación, garantizando la privacidad de los datos. Este archivo informatizado estará disponible para todos los procesos administrativos.

7.20. Actualización de equivalencia de titulaciones y aplicación de correspondencias MECES (Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior) a los títulos universitarios pre-Bolonia.

Personal funcionario interino

7.20. Estabilidad para todo el profesorado interino hasta su acceso definitivo a la condición de funcionario/a de carrera, reflejado en un acuerdo negociado con las organizaciones sindicales y ratificado por el colectivo afectado.

7.21. Elaboración de listas estables, en las que el mérito preferencial sea el tiempo de servicios, desvinculadas de las convocatorias de oposiciones. Que en la elaboración de las listas de empleo se valoren los mismos meritos que en un concurso de traslados.

7.22. No a la precariedad laboral, rechazo del uso abusivo de la contratación parcial por parte de la administración.

7.23. Eliminación de cualquier tipo de discriminación entre el personal interino y el personal funcionario por maternidad, paternidad y reducción de jornada por cuidado de hijos e hijas.

7.24. Acceso en igualdad de condiciones a la formación institucional para funcionariado interino.

7.25. Equiparación de las condiciones laborales con el personal funcionario de carrera, según el principio de no discriminación de los trabajadores con contrato de duración determinada (Directiva Europea 1999/70/CE de 25 de junio, anexo cláusula 4ª).

7.26. Cobro de sexenios y del resto de complementos retributivos de oficio.

7.27. Equiparación de los permisos y licencias al personal funcionario de carrera incidiendo también en el disfrute de los días de asuntos propios.

7.28. El profesorado interino mayor de 55 años y con más de 5 años de servicio no estará obligado a presentarse al proceso de oposición para mantener su puesto en las listas de aspirantes a interinidades, y garantizarles sus contratos. A partir de esta edad, en caso de perder su puesto de trabajo, establecer una indemnización como renta mensual complementaria al subsidio de desempleo hasta la edad de jubilación que se determinará con 60 años de edad.

7.29. Contrato y alta en la SS de las mujeres interinas que estén de permiso por maternidad cuando les corresponda  una  vacante  o  sustitución,  sin renunciar  al  permiso,  así  como  el  reconocimiento  de  todos los derechos administrativos. Igual tratamiento se dará al personal interino que disfrute de permiso paternal.

7.30 Contrato y alta en la SS en caso de incapacidad transitoria cuando corresponda una vacante o sustitución desde el día de la incorporación hasta el alta.

7.31. Derecho a permisos no retribuidos de carácter voluntario, sin pérdida del puesto de trabajo o del lugar de la lista de espera correspondiente, en las mismas condiciones que el funcionariado de carrera.

7.32. Que no se puntúe en ningún baremo la experiencia docente impartiendo religión.

7.33. Acceso a todas las prestaciones del Fondo Social, incluidos los tipos posibles de anticipo.

8. Por la mejora de las condiciones de trabajo

8.1. Cuerpo Único de Profesorado.

8.2. Derogación inmediata del Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo. Recuperación de los acuerdos y pactos previos al Real Decreto -ley 20/2012,  de  13  de  julio,  de  medidas  para  garantizar  la  estabilidad  presupuestaria  y  de  fomento  d e  la competitividad. Jornada laboral de 35 horas semanales, con 27 como máximo de permanencia en el centro.

Reducción y equiparación de la jornada lectiva en todos los niveles educativos.

8.3. Implantación del año sabático y del permiso parcialmente retri buido. Establecimiento de un plan plurianual en cada comunidad autónoma para garantizar el acceso a todo el profesorado que lo solicite.

8.4. Cobertura de todas las vacantes desde el principio de curso mediante adjudicación pública con garantías de transparencia, con requerimiento de especialidad y requisito lingüístico para los territorios con lengua propia. Dotación suficiente para cubrir todas las sustituciones desde el primer día independientemente de la duración de las mismas, y el apoyo en todos los niveles y programas educativos.

8.5. Autonomía de los centros para determinar el modelo de jornada escolar con la participación directa del Claustro y Consejo Escolar, dando también a los centros de nueva creación la opción a elegir su modelo. Contratación de personal suficiente para que el alumnado desarrolle actividades complementarias, bajo el control del Consejo Escolar del centro.

8.6. Modificación de la legislación para permitir la movilidad entre los diferentes cuerpos docentes mediante fórmulas alternativas al concurso-oposición, así como acceso indefinido del profesorado del Cuerpo de maestros a los puestos de trabajo de primer ciclo de la ESO. Planes institucionales de formación que posibiliten el acceso de los actuales maestros y maestras al grado equivalente.

8.7. Regulación pactada de las condiciones del profesorado que comparte centro. Negociación de las condiciones de trabajo del profesorado itinerante.

8.8. Adscripción voluntaria a plazas catalogadas como itinerantes, compartidas, de insti tuciones penitenciarias, de difícil desempeño por profesorado formado y especialista.

8.9. Reducción del horario lectivo a las personas mayores de 55 años hasta la edad legal de jubilación, sin merma de las retribuciones. Reducción de jornada por estudios, problemas de salud y embarazo.

8.10. Jubilación voluntaria para todo el profesorado, con el 100% de las retribuciones, a los 30 años de servicio o a los 60 de edad. Posibilidad de la jubilación parcial a partir de los 60 años. Anulación de la tasa de repo sición. NO a la amortización de plazas por jubilación.

8.11. No copago sanitario, sería repago.

8.12. Modificar el sistema de pensiones para incrementar la cuantía de la pensión máxima y evitar la pérdida de poder adquisitivo.

8.13. Aumento paulatino del módulo para calcular la pensión de jubilación del conjunto del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

8.14. Posibilidad de acceder a excedencias de forma parcial.8.15. Exención de la obligación de itinerar para las mujeres embarazadas.

8.16. Parque móvil para el profesorado itinerante y mientras no se consigue, concesión de créditos a coste cero para la adquisición de vehículos.

8.17. Actualización del coste del kilometraje según el aumento del coste real de la vida. Seguro a todo riesgo y seguro de vida para las y los docentes itinerantes que les cubra la totalidad d ela jornada laboral.

8.18.  Aumento  de  la indemnización  por  accidente laboral  de  tráfico  hasta  el  coste  real de la  reparación  o sustitución del vehículo.

8.19. Posibilidad de reducción de jornada (media jornada o un tercio) sin un motivo justificado.

8.20. Contratación de personal de enfermería escolar y rechazo a que se encomienden al profesorado tareas sanitarias y/o de carácter médico.

9. Por la mejora de las retribuciones

9.1.  El  derecho  a  la  negociación  colectiva  en  las  Mesas  Sectoriales  de  Educación  es  una  reivindicación fundamental. El profesorado, como todo el personal del sector público, tiene que poder negociar sus retribuciones.

Reivindicamos la negociación de las condiciones laborales y retributivas sea realizada en las diferentes Mesas sectoriales de Educación.

9.2. Negociación de un nuevo sistema retributivo que supere el actual, basado en la división salarial del profesorado. El nuevo sistema tiene que incluir los actuales complementos en el salario base y el nivel 26 de complemento de destino para todo el profesorado.

9.3. Mientras se alcanza el Cuerpo Único del Profesorado, transitoriamente, nivel 24 para el Cuerpo de Maestros y nivel 26 para los Cuerpos de Secundaria y Enseñanzas de Régimen Especial.

9.5. Restablecer un fondo social que contemple ayudas por estudios, adelantos de la nómina, etc., con devolución sin intereses.

9.6. Incremento lineal y progresivo del complemento específico general para todo el profesorado.

9.7. Cobro de los complementos específicos  y reconocimiento de derechos administrativos por parte de las personas que sustituyen cargos unipersonales de baja y permisos.

9.8. No a los planes de pensiones privados con fondos públicos y restitución del 0,5% de la cantidad detraída en la masa salarial.

9.9. Sistema retributivo basado en criterios objetivos y no en las evaluaciones arbitrarias, que sólo beneficiarían al profesorado más afín al superior jerárquico. Desvinculación de las retribuciones de la evaluación de las tareas propias del profesorado.

9.10. Recuperación del  poder adquisitivo perdido en los últimos años, en los que en nuestro sector se ha registrado una importante pérdida de capacidad adquisitiva y los salarios se han devaluado se nsiblemente. Desde el año 2010 hasta hoy, la pérdida de poder adquisitivo de los empleados públicos se sitúa por encima del 30%. Incrementos salariales iguales al IPC real, más un porcentaje para la recuperación del poder adquisitivo perdido.

9.11. Cláusula de revisión salarial anual automática, para compensar la pérdida acumulada del poder adquisitivo.

9.12. Pagas extraordinarias completas, con el 100% de todos los complementos.

10. Por una formación para la mejora de la enseñanza

10.1. Con la titulación de grado como formación inicial para el ejercicio de la docencia en todos los tramos universitarios y contando con la experiencia obtenida por la confluencia, en un mismo centro, de maestros, maestras y profesorado de secundaria, podemos afirmar que un único cuerpo docente es lo que se aviene mejor con la realidad actual.

10.2. Formación del profesorado que incluya los conocimientos teóricos y prácticos referentes al desempeño de la función docente. De igual modo, el profesorado ha de conocer las características psicobiológicas y sociales del alumnado de su nivel educativo y ha de saber aplicar técnicas de dinámica de grupos y resolución de conflictos. Las prácticas deben ser cotutorizadas por profesorado experto y la administración tiene el deber de prepararlo para el correcto ejercicio de esa función. Gratuidad del máster de acceso a la docencia.

10.3. La formación continua, un derecho y un deber del profesorado, es responsabilidad de las Administraciones Educativas. Crear listas preferentes para la formación del profesorado de la pública, para ello debe aumentarse la función  pedagógica  de  los  asesores  y  asesoras,  incluir  las  horas  de  formación  en  el  horario  lectivo  del profesorado, y descargarlos de tareas burocráticas.

10.4. La planificación de la formación que deben ofertar las Administraciones Educativas se realizará con la participación de representantes del profesorado, las universidades públicas y los movimientos de renovación pedagógica —u otros colectivos similares.

10.5. Elección democrática de sus equipos directivos. Mantenimiento y refuerzo de la Gestión Democrática de los Centros de Formación del Profesorado. Autonomía de Gestión y concreción de sus planes territoriales con organismos similares a los Consejos Escolares y con la participación de las entidades educativas territoriales. Elección Democrática de sus equipos directivos.

10.6. Formación pública y gratuita en centros. La administración debe apostar por la formación pública, sin recurrir a la privatización ni a la externalización de los planes de formación. Por un modelo de formación pública y gratuita en centros que autogestionen sus necesidades formativas.

10.7. La formación se desarrollará preferentemente en los centros de trabajo, en las modalidades centradas en la potenciación de equipos de trabajo con incidencia directa en el aula: ciclos, departamentos y claustros.

10.8. En la formación continua se potenciarán todos aquellos aprendizajes necesarios así como cualquier innovación pedagógica que mejore el sistema educativo. Formación para la diversidad, con la finalidad de conseguir una atención individualizada a los alumnos y alumnas.

10.9. Impulso y apoyo a la innovación, la experimentación y la investigación educativa del profesorado.

10.10. Reconocimiento y apoyo institucional a los grupos de docentes que planifiquen su autoformación y la reflexión conjunta sobre problemas pedagógicos. Apoyo institucional a los movimientos de renovación pedagógica.

10.11. Convocatoria anual de licencias por estudios y estancias en el extranjero, con el cobro íntegro de las retribuciones.

10.12. Nombramiento de personas responsables –debidamente cualificadas y con una compensación en horario lectivo- de temas de Igualdad en los Centros de Formación del Profesorado, que planificarán y coordinarán la formación continua del profesorado en coeducación.

10.13. Formación inicial y continua del profesorado en temas de igualdad de género y diversidad sexual, y dotando a todo el profesorado de los contenidos, instrumentos y metodologías necesarias para detectar y saber actuar ante actitudes sexistas, contrarias a la igualdad entre hombres y mujeres y al respeto a la diversidad afectiva e identidad de género, tanto en el currículum explícito como en el oculto del sistema educativo.

11. Por una educación inclusiva, por la compensación de desigualdades y la atención a la diversidad

11.1. Reivindicamos una educación inclusiva, que refuerce el papel de la escuela como compensadora de desigualdades sociales, que responda a la diversidad de todo el alumnado, que respete y reconozca sus diferencias y sus singularidades, que ofrezca las oportunidades educativas y las ayudas necesarias – curriculares, personales y materiales- para su progreso académico y personal. Todos los centros educativos deben corresponsabilizarse del alumnado de atención a la diversidad de la localidad, y han de reunir las condiciones arquitectónicas y físicas apropiadas.

11.2. Todos los centros educativos programarán medidas de atención a la diversidad. Los centros que escolari cen alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo (NEAE) tendrán una reducción de ratio y en cada aula, habrá como criterio general un/una alumno/a y excepcionalmente un máximo de dos alumnos con NEAE En caso de que hayan más de dos alumnos/as con NEAE, dotación extra de profesorado durante todo el horario del alumnado.

11.3. Refuerzo de la autonomía pedagógica del centro educativo. Impulso a la formación del profesorado y a las funciones del claustro y el consejo escolar para establecer y reforzar programas de atención a la diversidad centrados en su propio contexto, dando cabida y respuesta adecuada a las nuevas situaciones que se vayan presentando.

11.4. Elaboración de un Plan de actuación coordinado entre distintos servicios, instituciones soci ales y sanitarias, ayuntamientos, ONG, asociaciones… que tenga en cuenta las características del alumnado en lo que respecta a la detección y atención de dificultades de aprendizaje, para conseguir una coordinación efectiva de recursos en la labor preventiva y compensadora de las desigualdades sociales en la escuela.

11.5. El currículo del centro incorporará a su oferta los programas con personal especializado para atender a la diversidad lingüística del alumnado.

11.6. Los centros de Infantil y Primaria y de Secundaria dispondrán de un Departamento de Orientación completo, con profesorado suficiente para poder canalizar y adoptar las medidas que se precisen para atender a la diversidad. Se mantendrán y potenciarán las estructuras de los Equipos de Orientación y de los Servicios Psicopedagógicos Escolares.

11.7.   Desarrollo  de  adaptaciones   curriculares  individualizadas  para  el   alumnado  que  lo  necesite  con asesoramiento del Departamento de Orientación o de los Equipos Psicopedagógicos desde Infantil y durante todas las etapas obligatorias y no obligatorias.

11.8. No a la externalización del servicio de comedor escolar. Implantación del servicio de comedor en todos los centros educativos públicos, con personal específico cualificado a cargo de la Administración. Adecuación del servicio  de  transporte  escolar  a  unas  condiciones  de  seguridad  y  calidad  óptimas  y  adecuadas  a  las características y necesidades del alumnado – rampas y anclajes necesarios para sillas de ruedas, etc.-. Renovación de las flotas de autobuses y obligatoriedad de la instalación y uso de los cinturones de seguridad.

11.9. La figura del tutor/a es inherente a la tarea docente en todas las enseñanzas. Reducción del horario lectivo para el desempeño de la acción tutorial, en todas las etapas educativas y para todo el profesorado, como elemento clave de atención a la diversidad, y para las tareas de coordinación.

11.10. Los centros de Educación Especial ejercerán las funciones de apoyo y recursos al servicio del resto de los centros  educativos  de  su  ámbito,  lo  que  supone  dotarlos  adecuadamente  con  profesorado,  especialistas  y recursos materiales. Estos centros no deben sustituir, en ningún caso, a los servicios que necesita la zona.

11.11. Contratación a tiempo completo de personal de enfermería escolar en los centros de Educación Especial.

12. Por una mejora de la convivencia en los centros educativos

12.1. Rechazo a cualquier contenido y exaltación de violencia, física, verbal, gestual, sexual, sexista, racista, organizativa o psicológica que daña la convivencia en los contextos escolares. Elaboración de protocolos de actuación para evitar cualquier tipo de discriminación, especialmente la relacionada con la orientación sexual e identidad de género de cualquier miembro de la comunidad educativa.

12.2. Potenciar la convivencia, mediante planes integrales de formación y el desarrollo de la inteligencia emocional y social. Impulsar la educación de valores y los contenidos de la convivencia en positivo: la ayuda, la colaboración, la  comprensión,  la  cooperación,  el  afecto,  la  solidaridad,  el  trabajo  de  la  empatía,  la  escucha  activa,  las habilidades sociales, el diálogo y la resolución colaborativa de los conflictos en los contextos escolares.

12.3. Exigencia a las Administraciones Públicas de la prevención y abordaje de los problemas de convivencia en su raíz social, comprometiéndose en la lucha efectiva por la reducción de las desigualdades sociales a través de políticas compensadoras.

12.4. Inserción e integración plena de la prevención de los conflictos y de la violencia en las dinámicas escolares; elaboración de “planes preventivos integrales” y de “planes específicos” para problemas concretos, con la participación real de todos los sectores de la comunidad educativa, en especial de las familias, coordinados de forma efectiva, por los Observatorios de la Convivencia de cada Comunidad.

12.5. Implantación de programas para la prevención de las agresiones de carácter LGTB-fóbico que faciliten el desarrollo integral del alumnado que puede ser objeto de acoso o maltrato por su orientación sexual o identidad de género.

12.6. Incremento de los recursos para afrontar los nuevos retos de la convivencia tras un análisis de la situación en cada centro. Consideramos imprescindible la reducción de las ratios y del número de grupos por profesor/a, así como que las plantillas de los centros públicos se aumenten y se dé cabida habitual a la actuación integrada de otros profesionales distintos a los docentes (trabajadores/as sociales, mediadoras/es, colaboradores/as, sanitarios, auxiliares educativos, psicólogos, logopedas, educadores sociales…).

12.7. Desarrollo pleno de sistemas de vigilancia de la salud psicosocial, universalizando a todo el Profesorado su cobertura, con adaptación de los reconocimientos a las especificidades de las situaciones de convivencia y a los diferentes perfiles de centros y de puestos de trabajo.

12.8. Exigencia de protocolos de actuación en caso de graves conflictos de convivencia a las Administraciones Educativas y un apoyo jurídico y efectivo ante estos hechos.

12.9. Propuesta de un código deontológico entre las administraciones educativas y los medios de comunicación con los temas relacionados con la convivencia escolar.

12.10. Estudio del impacto de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, con especial atención a las redes sociales,  en la convivencia escolar, fomentando un uso responsable de las mismas y reclamando una formación específica y la elaboración de un protocolo, implicando a toda la comunidad educativa.

12.11. Extensión de los valores participativos y la corresponsabilidad en la gestión de la convivencia a toda la Comunidad Educativa, fomentando el trabajo comunitario, con otras instituciones sociales y administrativas del entorno del centro.

12.12. Compromiso total con los trabajadores y trabajadoras de la enseñanza, impulsando la valoración social de nuestro  trabajo,  ampliando  y  mejorando  la  asistencia  jurídica  y  el  apoyo  institucional  por  parte  de  la Administración.

13. Por la mejora de la Educación Infantil

13.1.  Consideración  de  la  Educación  Infantil  0-6  años  como  etapa  educativa  y  por  lo  tanto  dentro  de  las competencias de la administración educativa correspondiente a cada territorio.

13.2. Garantizar la creación y ampliación de la red de colegios públicos de Educación Infantil para cubrir la demanda en el ciclo 0-6. Progresiva Integración en la red pública de cada comunidad autónoma de las escuelas infantiles municipales y las de otras consejerías. No a la externalización de ninguno de los servicios complementarios que actúan en el primer ciclo de Educación Infantil.

13.3. Adecuación de los centros públicos a las necesidades educativas: patios -ajustados a las normas de seguridad vigentes- , gimnasios, materiales didácticos e integración de los medios informáticos y audiovisuales en las aulas. Eliminación de las barreras arquitectónicas. Creación y dotación de espacios para psicomotricidad/actividades motoras. Respeto a los espacios establecidos legalmente en los centros, y no a la reconversión en aulas ordinarias. Normativa específica sobre los espacios físicos en la etapa 0-3, que se concretarán en cada comunidad autónoma con medidas específicas.

13.4. Ratios máximas en el segundo ciclo de educación infantil: 3 años, 15; cuatro años, 15; cinco años, 1 5; aulas mixtas, máximo 12. En cada aula con alumnado de NEAE, reducción de las ratios en 3/2 alumnos/as con estas necesidades. En la etapa 0-3 el número máximo de niños por unidad será: unidad de 0-1 años, 6, unidad 1-2 años, 10, unidad 2-3 años, 15.

13.5. Dotación suplementaria de un maestro o maestra especialista en Infantil por cada 3 unidades o fracción y asignación  de  técnicos/as  superior  en  Educación  Infantil  a  todos  los  centros  a  cargo  de  la  administración educativa.

Dotación de profesorado de las diferentes especialidades en todos los centros. Profesorado de apoyo a las tareas educativas en los centros que cuenten con alumnado con NEAE. Incremento en la plantilla estable de profesorado para la adecuada atención a todo el alumnado y el establecimiento de cuantas medidas de refuerzo sean necesarias.

13.6. Impulso de las medidas necesarias – organizativas, de formación inicial y permanente del profesorado- para posibilitar  que  el  alumnado  se  aproxime  a  las nuevas necesidades  educativas,  como  las tecnología s  de la información y la comunicación.

13.7. Atención al alumnado con NEAE por personal especialista en Pedagogía Terapéutica (PT), Audición y Lenguaje (AL) y otros profesionales en cada centro.

13.8. Plan de acogida, lingüístico y cultural, integrador para el alumnado inmigrante que desconozca la lengua propia de la comunidad autónoma.

13.9. Formación específica y continua para el profesorado de la etapa dentro del horario lectivo. Desarrollo de la formación de centro de acuerdo a las necesidades específicas de los mismos y sustitución del profesorado que asista a esa formación.

13.10. Incorporación de Técnicos Superiores de Educación Infantil y personal de administración y servicios y sanitarios en todos los centros públicos a cargo de la administración educativa. Presencia del personal de limpieza también, en horario lectivo.

13.11 Impulso de las medidas necesarias- programas, organización, formación del profesorado- para fomentar la coeducación y sensibilidad sobre el valor positivo de la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres, y el aprendizaje de modelos sociales no sexistas desde la etapa más temprana de socialización.

13.12. Legislación laboral que permita conciliar realmente la vida laboral y familiar de forma justa para todas y todos, para que ningún niño o niña esté más de ocho horas en un centro escolar.

13.13, Plan de prevención de la obesidad infantil: medidas para abordar este problema conjuntamente entre las diferentes etapas (EI, EP, ESO).

14. Por la mejora de la Educación Primaria

14.1. Derogación de la LOMCE y de los currículos que se derivan de ella.

14.2. Red de centros públicos para atender toda la escolarización de esta etapa educativa.

14.3. Adecuación de los centros públicos a las necesidades educativas: patios-ajustados a las normas vigentes-, gimnasios, materiales didácticos e integración de los medios informáticos y audiovisuales en las aulas. Eliminación de las barreras arquitectónicas.

14.4. Creación y dotación de aulas específicas para las diferentes especialidades: lenguas extranjeras, música…

Respeto a los espacios establecidos legalmente en los centros, y no a la reconversión en aulas ordinarias.

14.5. Tutor o tutora generalista (especialista en primaria) por unidad escolar.

14.6. Dotación de profesorado especialista en Educación Musical, Educación Física, Lenguas Extranjeras, PT y AL en todos los centros. Profesorado de apoyo a las tareas educativas en los centros que cuenten con alumnado con NEAE. Incremento en la plantilla del profesorado de apoyo para el desarrollo de planes y programas de refuerzo educativo. La Educación Artística (MÚSICA Y PLÁSTICA) debe ser obligatoria en todos los cursos.

14.7.  Creación  del  Departamento  de  Orientación  Escolar  en  cada  centro.  Inclusión  en  su  plantilla  de educadores/as sociales y personal sanitario.

14.8. Contar con agentes de igualdad en cada centro, con formación adecuada y reducción horaria, para todo el profesorado y en todas las etapas educativas como elemento clave de atención a la diversidad y para las ta reas de coordinación.

14.9. Inclusión en horario lectivo de las tareas de acción tutorial con el alumnado.

14.10. Reducción progresiva de la ratio hasta un máximo de 15 alumnos/as por aula, para favorecer la calidad educativa. Reducción hasta un máximo de 10 en aulas con alumnado con NEAE y/o de compensación, con un máximo de dos por aula; 10, como máximo, en aulas mixtas.

14.11. Personal de Administración y Servicios en todos los centros públicos incluidos en la RPT de los mismos.

14.12. Plan de acogida, lingüístico y cultural para el alumnado que desconozca la lengua propia de la comunidad .

14.13. Plan de coordinación para todos los centros entre las diversas etapas (EI, EP, ESO)

14.14. Negociación del modelo de enseñanza de y en las lenguas extranjeras, currículo, plantillas y formación del profesorado.

14.15. Impulso de las medidas necesarias- programas, organización, formación del profesorado- para fomentar la coeducación y sensibilidad sobre el valor positivo de la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres, y el aprendizaje de modelos sociales no sexistas y el aprendizaje de modelos sociales no sexistas.

14.16. Plan de prevención de la obesidad juvenil: medidas para abordar este problema conjuntamente entre las diferentes etapas (EI, EP, ESO).

14.17. Dotación suplementaria de un maestro o maestra por cada 6 unidades de primaria.

14.8. Establecer un mínimo del 50% del horario lectivo en la lengua propia de cada territorio, sea esta cooficial o no, para garantizar un dominio y una competencia suficiente en ambas lenguas al término de esta etapa.

15. Por la mejora de la Formación de Personas Adultas

15.1. Derogación de la Ley de Régimen local, ya que limita las competencias en materia de educación a los ayuntamientos, lo que pone en peligro la continuidad de los centros que se encuentran en instalaciones municipales”.

15.2. Aumento del profesorado, con plantillas estables, para responder a la creciente demanda social de este tipo de enseñanzas.

15.3. Garantía de una adecuada formación inicial, específica y continua del profesorado, en horario compatible con su jornada laboral.

15.4. Mantenimiento y aumento de la oferta actual en la modalidad presencial de las enseñanzas de FPA (Formación de Personas Adultas): alfabetización; Formación básica que dé respuesta a la creciente demanda para la obtención del título de Graduado en ESO; aumento y mejora de las enseñanzas semipresenciales y a distancia (ESO y Bachillerato); Formación básica previa para cursar Ciclos Formativos; Cursos Experimentales; Cursos de Formación Ocupacional; formación previa a las Pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años; Formación continua de cambio de cualificación o reciclaje profesional; formación en Lenguas Extranjeras y Tecnologías de la Información y la Comunicación; Formación para el desarrollo de la capacidad de participación en la vida social, cultural, política y económica; Enseñanzas de las lenguas oficiales de los territorios con lengua propia diferente al castellano.

15.5. Aumento de centros y transformación del mayor número posible de aulas en centros de Formación de Personas Adultas (FPA). Construcción de nuevos centros de acuerdo con la necesidad de esa demanda.

15.6. Dotación de espacios adecuados y mejora de las infraestructuras y de los equipamientos, así como de los materiales correspondientes.

15.7. Facilitación y reconocimiento, dentro del horario laboral, de las tareas de diseño y elaboración de materiales didácticos.

15.8. Reconocimiento por parte de las administraciones de la especificidad de la FPA y establecimiento de reglamentos orgánicos propios.

15.9. Impulsar las medidas necesarias para fomentar la coeducación, la sensibilización sobre el valor positivo de la igualdad de  derechos  de oportunidades  entre  mujeres  y  hombres  y  el  aprendizaje  de  modelos  sociales no sexistas, así como el rechazo hacia la violencia machista.

15.10. Diseño y planes específicos dirigidos a mujeres adultas.

15.11. Ampliación y diversificación de la oferta pública de FP, ESPA (Educación Secundaria de Perso nas Adultas) y  ESPAD  (Educación  Secundaria  de  Personas  Adultas  a  Distancia)  para  personas  adultas  en  modalidad presencial.

15.12. Potenciación de los estudios de FP y Bachillerato en régimen nocturno.

15.13. Dotación pública de PAS en todos los centros de FPA.

15.14. Currículos propios adaptados a las características de las enseñanzas de FPA.

15.15. La ratio de ESPA será la adecuada para la correcta impartición de estas enseñanzas.

16. Por la mejora de la Enseñanza Secundaria Obligatoria y Postobligatoria

16.1. Configuración y potenciación de una red pública de centros que garantice el derecho a la educación del alumnado, independientemente de las circunstancias geográficas y sociales y sin merma de la oferta educativa ni de las condiciones laborales del profesorado.

16.2. Garantía en todas las localidades o zonas de una oferta educativa pública lo más amplia posible que garantice la mayor igualdad en todos los centros.

16.3. Todas las materias y áreas que impliquen desdobles, talleres y laboratorios no sobrepasarán los 12 alumnos/as por aula. No a las ratios mínimas para grupos de desdobles, laboratorios… Aumento de la oferta de asignaturas optativas y eliminación del requisito de una ratio mínima para impartirlas.

16.4. Propuesta de plantillas:

– Creación de la primera plaza de la especialidad a partir de las ocho horas lectivas. Para aumentar la plantilla se precisará un excedente horario mínimo de          12 horas y máximo de 16.

–  Negociación  de  soluciones  que  eviten  el  desplazamiento  forzoso  de  profesorado  por  falta  de  horario.

–  No a  la impartición obligatoria de asignaturas afines.

– Creación de los departamentos didácticos correspondientes a cada una de las materias contempladas en los correspondientes decretos de especialidades. No al trasvase forzoso de profesorado entre cuerpos docentes: el profesorado debe impartir docencia de su cuerpo y especialidad.

16.5. Nueva distribución horaria, que recoja todas las tareas y funciones que demanda el sistema educativo. En plantillas orgánicas, además de las horas curriculares, se calcularán también las dedicadas a tutorías, equipos educativos, formación, atención a las familias, coordinación de curso, nivel y ciclo y todas aquellas con espec ial incidencia en la acción directa en el aula. Con un mínimo de 12 y un máximo de 15 horas lectivas semanales, y derogación del RDL 14/2012. No a las horas extraordinarias. Equiparación horaria de la Tutoría a las Jefaturas de Departamento. Generalización de tres horas para las tutorías con la consideración de lectivas.

16.6. Plan de acogida lingüístico, cultural e integrador para el alumnado que desconozca la lengua propia de la comunidad.

16.7. Formación del profesorado específica en atención a la diversidad y en los recursos educativos para la resolución de conflictos.

16.8. Ampliar la red de centros públicos de música y danza.

16.9. Oferta obligatoria de las lenguas cooficiales del estado en todos los centros educativos de secundaria.

16.10. Impulso de las medidas necesarias- programas, organización, formación del profesorado- para fomentar la coeducación y sensibilidad sobre el valor positivo de la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres, y el aprendizaje de modelos sociales no sexistas y el aprendizaje de modelos sociales no sexistas, así como el rechazo hacia la violencia machista.

16.11.  Impulso  de  programas  que  potencia  el  respeto  hacia  la  diversidad  sexual  e  identidad  de  género, previniendo el acoso y discriminación por esta razón a cualquier persona de la comunidad.

16.12. Negociación del modelo de enseñanza de las lenguas extranjeras, curriculum, plantillas y formación del profesorado.

16.13. No a las reválidas que desvirtúan la evaluación continua.

17.- Por la mejora de la Educación Secundaria Obligatoria

17.1. La calidad de la enseñanza y la atención a la diversidad justifican la reducción de las ratios hasta situarlas en un máximo de 20 en toda la ESO; un máximo de 15 en aulas que acojan alumnado con NEE. Derogación del RD L 14/2012 de recortes.

17.2. La Orientación y Tutoría son pilares básicos de la ESO y para su desarrollo es necesario aumentar la dotación de los departamentos de Orientación en todos los centros con un/una profesor/a de Psicopedagogía por cada 350 alumnos/as o fracción, con un profesor/a de PT y otro/a de AL, un/a educador/a social, un/a profesor/a de compensatoria y servicios a la comunidad.

17.3.  Creación  de  la  nueva  especialidad  en  los  cuerpos  docentes,  de  Educación  Social,  destinada  en  el Departamento de Orientación.

17.4. Generalización, potenciación, diversificación e integración de unos Programas que sirvan de vía, y que permita al alumnado adquirir una formación integral, una capacitación profesional inicial y a su vez posibilidades reales de obtener el título de la ESO. No a la implantación de la FP Básica que contempla la LOMCE.

17.5. Creación del número de programas de atención a la diversidad necesarios para atender a cada centro.

17.6. No a la segregación académica temprana del alumnado. Una única titulación de la ESO sin reválidas.

17.7. Potenciación de las Enseñanzas Artísticas, Humanísticas y Tecnológicas, para el desarrollo integral de la persona, y no al menosprecio que la LOMCE hace de estas materias,

18. Por la mejora de la Formación Profesional

18.1. Derogación de la Ley orgánica 5/2002 de las Cualificaciones y de la formación profesional. Regulación de los convenios con empresas para la FCT priorizando aquellas que sean socialmente responsables.

18.2. El centro educativo público debe ser el eje de toda la FP. Desarrollo de una FP inicial, continua y de calidad que favorezca su dimensión educativa.

18.3. Todos los recursos públicos han de ir destinados a la FP de los centros públicos. Los recursos, en muchos casos obsoletos, deben actualizarse. Es urgente la inversión adecuada en la FP en los centros educativos públicos.

18.4. Dotación de Departamento de Orientación a todos los centros de Formación Profesional. Potenciación de la FP reglada, aumentando la oferta de ciclos formativos presenciales y/o doblando grupos de aquellas enseñanzas más demandadas, y en aquéllas en las que la manipulación de maquinaria requiera una supervisión continua dado el riesgo y la posible siniestralidad. Aumento de la oferta de los estudios de FP nocturno.

18.5. No a una formación escasa o insuficiente, dirigida a formar personas que realicen el trabajo precario

18.6. Gestión pública de las actividades formativas de FP. Control público exclusivo sobre los títulos y certificados profesionales.

18.7. Garantizar la oferta de materias voluntarias para facilitar la transición del alumnado que curse ciclos formativos de grado medio hacia otras enseñanzas, y materias voluntarias relacionadas con su campo profesional cuya superación facilitará su admisión en los ciclos formativos de grado superior.

18.8. Gestión democrática de los centros integrados de FP. Los órganos de gestión deben ser el Consejo Escolar y el Claustro, para garantizar la participación de toda la Comunidad Educativa. Elección de los cargos directi vos por el Consejo Escolar del centro. Derogación de la legislación sobre los Centros integrados de FP.

18.9. Cursos de formación ocupacional y de formación continua incluidos en la programación anual del centro; el horario correspondiente a estos cursos debe integrarse en la plantilla del centro y se deben crear los puestos de trabajo necesarios, sin horas extra para nadie. Mayor y mejor integración de los tres subsistemas (inicial, ocupacional y continua) en los centros.

18.10. Ampliación de las plantillas de profesorado de FP que facilite la continua formación y adaptación a las enseñanzas de la FP.

18.11. Ratio máxima de 15 alumnos/as por aula. Desdoblamiento de los módulos prácticos. Máximo de 10 alumnos/as en FP Básica. En los casos en que se supere esa ratio de alumnos/as que haya profesorado de apoyo en el aula.

18.12. Dotar los centros públicos de las familias profesionales completas: Ciclos Formativos que sustituyan a la FP básica, de Grado Medio y de Grado Superior.

18.13. Dotación de horas lectivas suficientes para las tutorías de formación en centros de trabajo, proyectos integrados, coordinadores de proyectos, Aula Empresa y coordinadores de convenios con empresas; pago de dietas y kilometraje.

18.14. Se deben tener en cuenta las diferencias entre alumnado de la Eso y de la FP, estableciendo otras normas de funcionamiento para salir y entrar al centro con causas justificadas.

18.15. Diseño y puesta en práctica de una formación y orientación laboral orientada hacia una cultura sindical solidaria y participativa en el mundo del trabajo.

18.16. Impartición obligatoria del módulo de Formación y Orientación Laboral en todas las modalidades de FP.

18.17. Oferta de enseñanzas dirigidas a la preparación de pruebas de acceso a ciclos formativos en  centros educativos públicos.

18.18. Diseño y puesta en práctica de medidas que potencien la elección no sexista por parte del alumnado de las distintas familias profesionales.

18.19. Tutoría: 1 hora, como mínimo, en todos los cursos presenciales en los ciclos formativos de grado medio y superior, y 2 horas, como mínimo, en los ciclos que sustituyan a la FP básica (1 hora de tutoría colectiva y otra de tutoría individual).

18.20. No a la FP Dual; Mantenimiento del sistema actual que ha dignificado la FP y ti ene buenos resultados de inserción laboral. Prioridad de la FP presencial, complementada con una buena oferta complementaria de FP a distancia.

18.21.  La  FP  en  el  sistema  educativo  tiene  que  proporcionar  al  alumnado  una  formación  integral  como ciudadano/a y no solo proporcionarle una formación orientada a la vida profesional.

18.22. Estabilidad en el empleo hasta el acceso definitivo a la función pública para el profesorado interino.

18.23. Posibilitar que el profesorado de FP pueda matricularse, en su propio centro, de especialidades diferentes a las que ellos imparten.

19. Por la mejora del Bachillerato

19.1. Consolidación y potenciación de las relaciones entre el profesorado de las universidades y del bachillerato.

19.2. Oferta obligatoria pública de todas las modalidades de bachillerato y todas las optativas, que permita la igualdad de acceso a toda la población. Incremento presupuestario para atender sus características propias. No a la especialización de modalidades por centros.

19.3. Eliminación de todos los conciertos educativos en este tramo postobligatorio.

19.4. Reducción de ratios a 25 por aula. Autonomía de los centros para el fomento de los desdobles con el objetivo de una educación de mayor calidad. La administración debe garantizar todos los recursos necesarios para llevar estos desdobles a cabo.

19.5. Para conseguir el derecho a la igualdad se hace necesario el establecimiento de un plan de ayudas mediante becas en las que no se valore el rendimiento académico. Consideramos que en el bare mo de las becas solo se debe valorar la situación socio-económica del alumnado.

19.6. Potenciación de los estudios de Bachillerato nocturno.

19.7. Impulso de las medidas necesarias para fomentar la coeducación, y la sensibilización sobre el valor positivo de la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres, y el aprendizaje de modelos sociales no sexistas, así como el rechazo hacia la violencia machista.

20. Por la mejora de las Enseñanzas Artísticas

20.1. Negociación, mejora y actualización de la normativa de organización y funcionamiento de los Conservatorios Profesionales de Música y Danza y de las Escuelas de Artes.

20.2. Estabilidad en el empleo hasta el acceso definitivo a la función pública para el profesorado interino.

20.3. Aumento de plantilla en todas las especialidades.

20.4. Ampliación de la red pública de centros que imparten enseñanzas artísticas en todos los niveles: Conservatorios Elementales y Profesionales de Música y Danza, Conservatorios Superiores de Música y Danza, Escuelas de Arte, Escuelas Superiores de Diseño y Escuelas Superiores de Arte Dramático.

20.5. Creación de ciclos formativos de grado medio y superior en las especialidades técnicas de arte dramático (caracterización, luminotecnia, escenografía, atrezzo,…).

20.6. Adecuación de los horarios del profesorado para propiciar la participación en actividades artísticas, así como para fomentar su participación en proyectos de investigación pedagógica, artística y creativa.

20.7. Adecuación y mejora de la dotación de edificios, infraestructuras y recursos (banco de instrumentos, material informático actualizado, equipamiento audiovisual, etc.) para estas enseñanzas.

20.8 Reconocimiento de todas las titulaciones de enseñanzas artísticas superiores como grados universitarios a todos los efectos

20.9.  Posibilitar  que  el  profesorado  de  Régimen  Especial  pueda  matricularse,  en  su  propio  centro,  de especialidades diferentes a las que ellos imparten.

20.10 Regulación y oferta pública de las enseñanzas elementales de música y danza en todos los territorios.

20.11. Creación de centros públicos integrados de música y de centros públicos integrados de danza.

20.12. Ampliación de la red de centros públicos de enseñanzas de régimen especial para garantizar el acceso democrático y generalizado a estas enseñanzas.

20.13. Dignificación de las enseñanzas artísticas. Incremento presupuestario para dar atención a sus características  propias.  Garantía  de  presencia  obligatoria  de  estas  enseñanzas  en  todos  los  niveles  de  la educación obligatoria.

20.14. Dotación de departamento de orientación en todos los conservatorios.

20.15. Derogación de la Ley de Régimen local, ya que limita las competencias en materia de educación a los ayuntamientos, lo que pone en peligro la continuidad de los centros que se encuentran en instalaciones municipales.

21. Por la mejora de las enseñanzas de idiomas

21.1. Negociación, mejora y actualización de la normativa de organización y funcionamiento de las Escuelas Oficiales de Idiomas.

21.2. Estabilidad en el empleo hasta el acceso definitivo a la función pública para el profesorado interino.

21.3. Aumento de plantilla en todas las especialidades.

21.4. Mayor oferta del número de idiomas en todas las Escuelas. Oferta obligatoria de todas las lenguas propias de cada territorio del Estado español.

21.5. Ampliación de la red de centros y de la oferta de EOI que atienda toda la demanda, realizando los estudios previos necesarios para la demanda en las zonas rurales.

21.6. Adecuación y mejora de la dotación de edificios, infraestructuras y recursos (bancos de libros, material audiovisual, laboratorios de idiomas, etc.) para estas enseñanzas.

21.7. Regulación, impartición y certificación en las EOI de los niveles C1 y C2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL). Garantía de oferta e impartición de los niveles A1, A2, B1 y B2.

21.8. Creación de grupos específicos con oferta suficiente para formación del profesorado del resto de enseñanzas en idiomas, que se incluyan dentro del horario lectivo y cuyo coste de matrícula sea sufragado por la administración educativa de la cual dependan.

21.9. La ratio en las Escuelas Oficiales de Idiomas no debe superar los/as 20 alumnos/as por grupo.

21.10. Las administraciones deben apostar por las certificaciones expedidas por las EOI. Pruebas unificadas de certificación de Idiomas elaboradas por profesorado de Escuelas Oficiales de Idiomas, con su correspondiente formación y reducción horaria lectiva. Creación de una agencia estatal que regule estas pruebas. Negociación a nivel europeo para que esas certificaciones tengan validez en el extranjero de acuerdo con los niveles del Marco Común Europeo de las Lenguas.

21.11. Derogación de la Ley de Régimen local, ya que limita las competencias en materia de educación a los ayuntamientos, lo que pone en peligro la continuidad de los centros y aularios que se encuentran en instalaciones municipales.

21.12. No al trasvase forzoso de profesorado entre cuerpos docentes.

22. Por la mejora de las enseñanzas deportivas

22.1. Impulso a la implantación de las enseñanzas públicas deportivas de grado medio y superior en todas las comunidades autónomas, con profesorado especialista.

22.2. Mejora de las instalaciones para el desarrollo de las enseñanzas deportivas. Dotación de los  recursos materiales necesarios para la impartición de estas enseñanzas

22.3. Negociación y actualización de las órdenes de organización y funcionamiento de los centros que imparten las enseñanzas deportivas.

22.4. Estabilidad en el empleo hasta el acceso definitivo a la función pública para el profesorado interino.

22.5. Aumento de plantilla en todas las especialidades.

22.6. No al concierto de enseñanzas deportivas en otros centros que no sean de carácter público.

22.7. Homologación con titulaciones de federaciones deportivas que impartan enseñanzas técnicas con un mismo nivel curricular que el grado medio o superior

23. Por la igualdad sustantiva de mujeres y hombres

23.1. Aplicación inmediata en los centros docentes de las medidas contempladas en la Ley contra la Violencia de Género.

23.2. Aplicación inmediata en los centros docentes de medidas contempladas en la Ley de Igualdad: Planes de igualdad, protocolo de buenos tratos y responsable de igualdad. La persona responsable deberá contar con formación cualificada, y la tarea de coordinación conllevará la reducción horaria correspondiente.

23.3. Corresponsabilidad y paridad entre hombres y mujeres en las tareas de administración y organización de los centros docentes y de la administración, fomentando los equipos paritarios en educación.

23.4. Formación inicial y permanente del profesorado sobre Igualdad de Género y Coeducación, en todos los estudios universitarios. En Magisterio y Psicopedagogía y en el máster del profesorado, se impartirá como asignatura troncal. Y en todos los grados universitarios, especialmente en derecho, medicina, periodismo, etc.

23.5. Inclusión en el currículo escolar y en los planes de Acción Tutorial de la Educación para la Igualdad, la Educación Afectivo-Sexual, prevención de la violencia machista y resolución pacífica de los conflictos.

23.6. Integración en el currículo de la contribución de las mujeres a la ciencia, la cultura y el desarrollo social.

23.7. Realizar, por parte de la administración, campañas de sensibilización dirigida a los propios agentes educativos hacia la coeducación como fundamento del desarrollo humano pleno. Creación, en todas las consejerías de Educación, de asesorías de Coeducación, de Observatorios de género, así como de un mapa de recursos coeducativos.

23.8. Establecimiento de las medidas legales necesarias para que no exista discriminación en jubilación y pensiones  por  reducciones  horarias  y  excedencias  relacionadas  con  los  cuidados  de  menores  y  personas mayores.

23.9. Ampliación del permiso maternal por nacimiento o adopción a un período de 24 semanas, de acuerdo con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud. Permiso paternal igual al maternal, intransferible y remunerado 100%.

23.10. Diferenciar los efectos derivados del permiso por nacimiento de aquellos derivados de la Baja por Incapacidad  Transitoria,  de  manera  que  las  mujeres  durante  el  permiso  maternal,  incluidas  las  6  primeras semanas, no sean consideradas personal no disponible por la administración para optar a un puesto d e trabajo y puedan ser dadas de alta en la Seguridad Social. Se cotizará a efectos de jubilación por aquellas interinas cuya relación contractual con la administración finalice durante su permiso de maternidad, siendo simultáneo con la percepción de haberes mientras se disfruta del mismo.

23.11. Permisos de maternidad o paternidad acumulables para las familias mono parentales o para aquellas en la que una de las personas fallezca.

23.12. Posibilidad de unir la acumulación de lactancia a una licencia no retribuida.

23.13. Todos los períodos vacacionales y no lectivos del calendario escolar no computarán como permiso de maternidad / paternidad. Acumulación real de los días de lactancia, independientemente del tipo de plaza que ocupe la madre.

23.14. Incluir en el calendario escolar como fechas a conmemorar el 25 de Noviembre y el 8 de Marzo.

23.15. Posibilidad de reducción de la jornada laboral por cuidado de menores, personas mayores, o dependientes y con remuneración del 100% del salario.

24. Por la cultura preventiva y la Seguridad y Salud en el trabajo

24.1. Derogación de la normativa actual relativa a la retención de haberes en caso de incapacidad laboral transitoria. 100 % de las retribuciones en todos los casos de ILT.

24.2. Cumplimiento estricto de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (31/95) para una protección eficaz en Seguridad y Salud Laboral. La prevención ha de integrarse en la gestión, las actividades y los niveles, así como en la toma de decisiones en los centros educativos y en la Administración. En los Centros escolares, la normativa referente a la prevención de riesgos debe cubrir también el alumnado.

24.3. Desarrollo integral de Planes de Prevención, con participación de los trabajadores y las trabajadoras y de sus representantes en las diferentes fases y desarrollos: implantación, aplicación, evaluación de riesgos, planificación, organización preventiva y acceso a la documentación.

24.4. Constitución y funcionamiento normalizado de los comités de Seguridad y Salud Laboral, órganos democráticos de participación y gestión a través de los delegados y delegadas de Prevención, así como de Mesas o Comisiones de Seguridad y Salud Laboral. Incorporación a los centros de la figura del coordinador/a de Prevención de Riesgos Laborales, que ha de poder reservar una parte de su horario lectivo para el cumplimiento de estas tareas.

24.5. Creación por las Administraciones Autonómicas de Servicios de Prevención propios y cancela ción de los contratos privados vigentes en la actualidad. Control de su dimensión, de su funcionamiento y eficacia.

24.6. Evaluación de Riesgos y Planes de Prevención en los centros educativos, que actúen rápidamente en riesgos muy graves e inminentes. Inclusión de asesoramiento técnico en todos los Planes de Autoprotección, Mejora de instalaciones y de Emergencia.

24.7. Medidas para la adaptación de los puestos de trabajo para los trabajadores y trabajadoras de la enseñanza que han sufrido daños en su salud por grave riesgo profesional -exposición a agentes biológicos, patologías de las cuerdas vocales, síndrome del quemado, enfermedades músculo-esqueléticas, estrés, mobbing, etc.— o que lo necesiten  por  sus  características  personales,  discapacidad  física,  psíquica  o  sensorial,  trabajadoras/es  de “especial sensibilidad” que tienen un trato diferenciado en la Ley de Prevención. Planes para las situaciones de riesgo  en  colectivos  específicos:  profesorado  interino,  mujeres,  itinerantes,  personas  mayores  de  55  a ños, personas con discapacidad.

24.8. Las Administraciones Educativas ofertarán cursos de formación sobre salud laboral dirigidos a las coordinadoras y coordinadores de riesgos laborales de cada centro y al conjunto del profesorado. La formación sobre salud laboral tiene que incluir la perspectiva de género de acuerdo con los estudios médicos y sociales llevados a cabo por organizaciones e instituciones en la adecuada protección de la salud física, social y psíquica.

24.9. Revisión y ampliación del catálogo de enfermedades profesionales. Reconocimiento de todas las enfermedades profesionales según la legislación Internacional – sobre todo europea- que adapte nuestra legislación a las nuevas realidades. Proponer cambios legislativos y reconocimiento del conce pto de “daño para la salud” y la puesta en marcha inmediata de los protocolos de solicitud y gestión. Exámenes de salud y estudios epidemiológicos que relacionen enfermedades profesionales y condiciones de trabajo, incluyendo las últimas pruebas para poder prever y tratar enfermedades que se pudieran activar por la edad o componentes genéticos, asegurando en todo momento la privacidad de la información para fines médicos. Realizar la vigilancia de la salud adaptando los exámenes médicos específicos al puesto de trabajo.

24.10. Los riesgos psicosociales deben formar parte de todas las evaluaciones de riesgos laborales. Dada la complejidad de tratamiento de los acosos, y establecimiento en las Administraciones de un equipo de expertos técnicos con la participación sindical que garantice transparencia en el proceso y alta cualificación en el diagnóstico.

24.11. Estudio y evaluación por parte de las Administraciones y de las empresas de los riesgos emergentes y de constatación a largo plazo: campos electromagnéticos, ruido, ambiente contaminante, productos químicos, desechos residuales…

24.12. Establecimiento por parte de la administración de un protocolo de actuación ante el acoso moral y psicológico, que conlleve la asesoría psicológica y legal para todos los trabajadores/as , así como el seguimiento de los estudios de incidencia en centros de trabajo , para poder evaluar y tomar medidas correctoras imprescindibles para que no vuelva a suceder.

24.13. Puesta en marcha de un protocolo de prevención de agresiones, que analice, valore y adopte medidas para eliminar todo tipo de manifestaciones de violencia hacia el profesorado.

24.14. Clarificación del concepto de responsabilidad civil del ejercicio de la docencia.

24.15. Protocolo de actuación en caso de urgencias médicas, y dotación de personal sanitario en aquellos centros que lo precisen por las características del alumnado.

24.16. Creación de un centro de asesoramiento técnico on-line y telefónico para los coordinadores de prevención de riesgos laborales en los centros.

24.17. Protocolo de inclemencias meteorológicas.

24.18. Poner en marcha planes de educación voluntarios para el grave problema de la conciencia del tabaquismo en nuestro sector que motive y palie las consecuencias de las enfermedades derivadas de ello. Seguir contando con las unidades básicas de Salud del Ministerio de Sanidad para su puesta en práctica.

24.19. Desarrollar un plan de movilidad sostenible para las/los trabajadores que se desplacen al centro de trabajo, primando económicamente y con otras medidas de apoyo institucional de transporte, para evitar los accidentes en itinere y su lacra en nuestra profesión.

24.20.Hacer cumplir la Ley de Seguridad Social que haga figurar un libro de Registro de accidentes laborales en cada centro- sobre todo en los más grandes-, pudiéndose añadir en él los riesgos percibidos por los/as trabajadores del centro, que serían evaluados en el futuro por los Comités de Seguridad y Salud y expertos de las áreas de Prevención..

25. Por la conciliación de la vida personal, familiar y laboral

25.1. Ampliación de las medidas de conciliación entre vida personal y laboral. Adaptación del tejido productivo a las necesidades reales de conciliación de la vida personal y familiar de la clase trabajadora , con reducción de horarios y posibilidades en su flexibilidad.

25.2. Ampliación del permiso maternal a un período de 24 semanas, con el 100% de sueldo tal como recomienda la Organización Mundial de la Salud y ampliación de la misma manera del permiso paternal.

25.3. Permiso paternal igual al maternal, intransferible y remunerado al 100%, en caso de defunción del padre o de familia monoparental, por parte de la madre.

25.4. Mejora de los permisos que posibilitan la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

25.5. Aplicación inmediata de los derechos reconocidos en la Ley integral contra la Violencia de Género. 25.6. Aplicación en los centros de trabajo del desarrollo de la Ley integral contra la Violencia de Género.

25.9. Fomentar la corresponsabilidad como práctica natural, lógica, responsable e igualitaria por parte de cada individuo con respecto a las tareas de la vida familiar y del cuidado de personas dependientes.

25.10.  Evaluaciones periódicas  de  impacto  de  género,  para  verificar la incidencia  de las  medidas  sobre  la conciliación en hombres y mujeres.

25.11. Ampliación de la reducción horaria por lactancia hasta los 25 meses de vida del bebé. En caso de acumularlo a la licencia maternal, aumentar el número de días proporcionalmente.

25.12.  Regulación objetiva, clara y precisa de comisiones de servicio por conciliación de la vida familiar, personal y laboral.

25.13. Reducción de la jornada laboral  por cuidado de menores, personas mayores, o dependientes y con remuneración del 100% del salario.

25.14. Consideración preferente al cuidado de las personas sin autonomía personal, con prioridad para la elección de horarios al profesorado con personas dependientes a su cargo.

25.15. Licencias por Asuntos Propios más flexibles y ajustadas a las necesidades reales del pr ofesorado. No a un número mínimo de días para poder acceder a su disfrute.

25.16. Facilitar que la formación continua sea compatible con las responsabilidades familiares. Oferta de atención a personas dependientes durante la realización de cursos de Formación fuera del horario de trabajo; metodologías flexibles; inclusión dentro de los planes de formación continua a los trabajadores y trabajadoras que disfruten de permisos o excedencias por razones familiares.

25.17. Permiso para todo el profesorado para acudir a las reuniones de tutoría de hijos e hijas cuando sea necesario.

26. Por el Sindicalismo asambleario y alternativo

26.1. La participación y la capacidad de decisión del profesorado es imprescindible para el fortalecimiento de la Escuela  Pública  y  la  mejora  de  las  condiciones  de  trabajo.  Por  eso,  los  STEs  propugnan  y  practican  el sindicalismo asambleario. Las asambleas son la expresión de nuestro modelo sindical, alternativo al de otras organizaciones burocratizadas y verticales. Este asamblearismo permite adaptarnos mejor a los modelos similares de organización.

26.2. Los STEs reivindicamos el ejercicio efectivo del derecho a la negociación colectiva por parte de quienes representan al profesorado en todos los temas que afectan a sus condiciones de trabajo y a sus retribuciones.

26.3. Los STEs, identificados con el modelo sindical asambleario y participativo, facilitan toda la información de que disponen. Así, el profesorado conoce los temas en curso de negociación y puede formarse un juicio propi o acerca de ellos.

26.4. Con anterioridad a la aceptación o el rechazo de las propuestas de las Administraciones, los STEs tienen el compromiso de convocar cuantas asambleas y consultas sean necesarias para que los trabajadores y las trabajadoras de la enseñanza decidan sobre todas las cuestiones que les afecten, en los distintos ámbitos de negociación.  El  sindicato  se  vinculará  a las  decisiones  tomadas,  siempre  que  éstas no  atenten  contra  sus estatutos

26.5. En ese sentido, es fundamental la potenciación del modelo asambleario también en cada centro educativo, como enlace entre el sindicato y el conjunto de trabajadoras y trabajadores de la enseñanza, y viceversa.

26.6. Proponemos modificar la Ley de Órganos de Representación, para que el voto del profesora do tenga idéntica representatividad que la establecida en otros sectores de las Administraciones Públicas.

26.7. Exigimos la elección de delegados y delegadas en cada centro educativo.

26.8. Pedimos la modificación de la Ley de Órganos de Representación, para establecer unas competencias reales de las Mesas Sectoriales y las Juntas de Personal que permitan una negociación real.

26.9. Propugnamos un reparto equitativo y justo del patrimonio sindical acumulado entre todos los sindicatos, ya que este patrimonio procede de cuotas obligatorias de todos los trabajadores y las trabajadoras.

26.10. No a los Decretos de servicios mínimos. Propugnamos la autorregulación del ejercicio del derecho a la huelga.

26.11. Por la paridad en las listas electorales y en la representación efectiva del profesorado.

27. STEs-Intersindical, la alternativa sindical sociopolítica

27.1. Luchamos contra la globalización neoliberal, uno de los mayores y más devastadores procesos de desregulación laboral, social  y ambiental  que se han  conocido, que impone recortes severos en los gastos sociales, reduce los derechos laborales, expolia a los países pobres, privatiza y mercantiliza, en beneficio de los grandes grupos económicos.

27.2.  Nos  oponemos  a  reformas  laborales  que  supongan  retrocesos de  los  derechos  sociales  y  mayores beneficios para las empresas; que abaratan el despido, incrementan la precariedad y privatizan las pensiones.

27.3. Rechazamos todas las guerras y el militarismo, porque no benefician a los pueblos y fomentan valores y prácticas totalitarias. También rechazamos el recorte de libertades civiles y la restricción de los mecanismos de participación democrática que supone la imposición de una ideología falsamente basada en la seguridad.

27.4. Consideramos que la paz es un valor esencial para la convivencia social y para la resolución de conflictos en todos los niveles. La violencia no se ejerce sólo en las guerras, sino que también existe en el seno de unas estructuras sociales injustas. Por ello, STES-Intersindcial está comprometido con la difusión de la Educación para la Paz y con las alternativas de defensa popular no-violenta y a favor un mundo más justo.

27.5. Valoramos el medio ambiente como la casa de todo ser vivo. Nos comprometemos con la conservación de la naturaleza y somos crítico con el actual sistema político-económico, máximo responsable de su degradación y del expolio de los limitados recursos del Planeta.

27.6. Consideramos que el laicismo es la base de la convivencia ciudadana y democrática, en tanto que promu eve la libertad de cada individuo para creer, o no, en cualquier religión o ideología y no genera barreras a la libertad de conciencia, el debate y la crítica libre.

27.7. Exigimos que el Estado y el conjunto de las Administraciones destinen como mínimo el 0’7% del PIB para la ayuda  al  desarrollo.  Nos  oponemos  al  derroche  en  gastos  de  protocolo  y  fastuosidad  en  cumbres,  foros, reuniones, armamento, etc., un dinero que debe destinarse a la consecución de un mundo más solidario.

27.8. Defendemos la abolición de deudas ilegítimas que provocan pobreza en los pueblos del Sur y del Norte, deudas que deberían someterse al escrutinio ciudadano y proceder a su cancelación. Asimismo se aboga por derogar el artículo 135 CE ya que su actual redacción impone el pago a los acreedores y avala el austericidio de los países en desarrollo. Existe una situación de abuso e insolidaridad de los países del Norte hacia los del Sur — articulada desde unas estructuras financieras y unas normas injustas— que hacen que países con grandes dificultades económicas se vean inmersos en una terrible espiral de endeudamiento económico, sin poder cubrir sus necesidades básicas de alimentación, sanidad y educación.

27.9. Nos oponemos a que los niños y las niñas abandonen la escuela y sean obligados a trabajar o a ir a la guerra. En las últimas décadas la infancia se ha convertido en una de las mayores víctimas de las injusticias de la globalización, por hambre, enfermedades, explotación sexual, mano de obra barata y objetivo de los ataques bélicos.

27.10. Defendemos el carácter plurinacional y plurilingüístico del Estado español y, consecuentemente, el derecho de cada pueblo que lo integra a decidir su estatus o forma de integración y a autogobernarse.

27.11. Consideramos que la igualdad efectiva y real entre mujeres y hombres es un bien social cuya consecución hemos de perseguir para eliminar la injusticia más duradera y resistente a lo largo de la historia, el derivado de que las personas tengan distintas oportunidades y derechos por el hecho acci dental y no elegido de nacer con un sexo u otro.

27.12. Defendemos el no pago por la ciudadanía de una deuda injusta generada para sanear a la banca y que ha supuesto, entre otras muchas injusticias, un deterioro de las condiciones laborales y retributivas de los empleados y empleadas del sector público en general, y del profesorado en particular.